Ana Lilia Gómez- septiembre 20, 2021
A partir de este lunes 20 de septiembre el Estado de México pasa a semáforo epidemiológico amarillo, lo que representa que la entidad se encuentra en una etapa de riesgo intermedio ante los contagios de COVID-19, lo que modificó la operación y aforo de establecimientos comerciales y recreativos.
Ante el avance en el semáforo, a partir de este día los comercios al por menor y al por mayor podrán operar hasta las 21:00 horas de lunes a domingo, con un aforo del 70 por ciento de su capacidad.
Entre dichos establecimientos se encuentran papelerías, tiendas de ropa, jugueterías, mueblerías, refaccionarias, tiendas de artículos electrónicos, actividades relacionadas con servicios personales (peluquerías, tintorerías, talleres, locales de reparación de electrodomésticos y mantenimiento en general) y servicios religiosos.
Mientras que centros, plazas comerciales y tiendas departamentales también funcionarán con un aforo del 70 por ciento y en su horario habitual de operación, así como locales o espacios destinados a actividades culturales, auditorios, foros, exposiciones, bibliotecas, museos, cines y teatros, y la última función podrá iniciar a las 00:00 horas.
Los espacios públicos, parques, zoológicos, áreas naturales, gimnasios, balnearios, albercas públicas, baños públicos, vapores, spas, actividades acuáticas y campos deportivos, así como las actividades físicas y recreativas al aire libre, deberán observar un aforo máximo del 70 por ciento.
En tanto, los eventos deportivos en estadios incrementarán su aforo del 40 al 50 por ciento, sin embargo, continúa prohibida la venta de alcohol.
La autoridad estatal destaca que los bares, cantinas, salones de baile, discotecas, video bares, centros nocturnos, centros botaneros y cerveceros, cualquier establecimiento para venta de bebidas alcohólicas para su consumo inmediato o al copeo, así como eventos masivos de cualquier tipo (políticos, religiosos, sociales, etcétera), eventos o espectáculos públicos, verbenas, palenques, ferias, desfiles, fiestas populares, continúan suspendidos.
En cuanto al transporte público, los concesionarios deberán observar las siguientes medidas:
I. Medidas de sanitización, sana distancia y cubrebocas obligatorio, así como procurar la ventilación natural de las unidades durante los trayectos;
II. Las unidades de transporte público masivo operarán a un 50% de su capacidad;
III. Las unidades de transporte público de mediana capacidad operarán a un 50% de su capacidad, y
IV. Los taxis sólo podrán transportar hasta 3 pasajeros
Estas nuevas medidas se encuentran en el “Acuerdo por el que se establecen las Medidas para la Continuación de Actividades Económicas, Sociales y Gubernamentales con motivo del Virus SARS-CoV-2 (COVID-19)”, en el Estado de México, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.